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PARTES INTERESADAS EN UN SISTEMA ANTISOBORNO ISO 37001

partes interesadas en un sistema antisoborno
“Virtudes y vicios los mueven intereses.” Francois de la Rochefoucauld

Las partes interesadas en un sistema de gestión antisoborno y sus intereses deben ser claramente identificados y determinados.

Intereses

Así como el sistema de gestión antisoborno de una organización debe “determinar las cuestiones internas y externas que afectan a su capacidad para lograr sus objetivos previstos” (contexto, cláusula 4.1 de ISO 37001:2016), también debe hacerlo  con los intereses de las partes o grupos humanos incluidos en este contexto, tales como los clientes, usuarios, inversionistas, empleados, proveedores el estado y la comunidad.

El glosario de esta norma define a las partes interesadas cómo “persona u organización que puede afectar, verse afectada, o percibirse como afectada por una decisión o actividad, pudiendo ser interna o externa a la organización” (3.3).

Por tanto los resultados que genere el sistema deberán satisfacer no solamente a la empresa y sus intereses sino a las partes interesadas y sus intereses, en la medida de su poder o influencia siempre que tales intereses estén orientados a la prevención del soborno.

Aunque no es un mandato de la norma ISO 37.001, recomiendo que estos requisitos sean revisados periódicamente tal como requiere en la norma ISO 9001:2015 en relación a un sistema de gestión de calidad, debido a que estos factores son dinámicos y cambian cada vez a mayor velocidad.

Riesgos de soborno

La finalidad del sistema antisoborno es proteger a la empresa contra los sobornos.  Sin embargo la influencia que pueden ejercer los interesados puede echar  abajo todos los esfuerzos para lograr este propósito. 

Los riesgos de soborno son generados fundamentalmente por el contexto y por las requisitos de las partes interesadas.  Así lo declara la norma en su apartado Acciones para tratar riesgos y oportunidades (6.1), en la cual se establece que “al planificar el sistema de gestión antisoborno, la organización debe considerar las cuestiones referidas en el apartado 4.1 y los requisitos referidos en el apartado 4.2”

Éste juego de intereses de las diversas personas u organizaciones vinculadas directa o indirectamente con la organización, da lugar a espacios donde las intenciones particulares pueden interferir en los honestos esfuerzos de las personas de la organización para prevenir el soborno.

Los riesgos de soborno identificados preventivamente a partir del contexto y de los requisitos de las partes interesadas será fácilmente controlado si es incorporado a la planificación del sistema antisoborno.

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